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Sagot :
Respuesta:
No obstante, para ser sinceros, no siempre ha sido así. En los primeros tiempos de la OIT se aprobaron algunas medidas que restringían en la práctica el acceso de las mujeres a ciertas formas de trabajo, entre las que destaca el Convenio sobre el trabajo nocturno (mujeres) de 1919 (núm. 4). Prohibir el acceso de las mujeres al trabajo nocturno, al igual que otra legislación que impedía que las mujeres realizaran ciertas actividades laborales, como las que se efectúan en fábricas y minas, era acorde con la época.
Pero los tiempos cambian. Hoy, el progreso social, junto al desarrollo económico y los avances tecnológicos no sólo han demostrado que las leyes demasiado “protectoras” están equivocadas, sino que también han propiciado que las mujeres se incorporen a la población activa en grandes números en todo el mundo. Sin embargo, en numerosos países, se mantiene viva aún la polémica respecto a las ventajas e inconvenientes de una legislación laboral especial que protege a las mujeres.
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